Convocatoria de subvenciones de apoyo al emprendimiento, año 2023

ANUNCIO. EXTRACTO. Convocatoria de subvenciones de apoyo al emprendimiento, año 2023.

 BDNS (Identif): 669431.

 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/669431

 Extracto de la Resolución de Alcaldía, de fecha 10 de enero de 2023, por la que se convocan subvenciones en materia de subvenciones de apoyo al emprendimiento, para el año 2.023, por el procedimiento de concurrencia competitiva.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/ge/es/convocatorias

 Primero. Beneficiarios/as.

Serán beneficiarios/as de esta subvención, siempre que cumplan con todos los requisitos legales exigidos y lo dispuesto en las Bases Reguladoras de la Subvención y en la Convocatoria:

– Los/as titulares de la actividad y /o el servicio para los que se solicite la subvención.

Segundo. Objeto.

La subvención tiene por finalidad, el fomento de la apertura de locales para nuevas actividades y/o servicios en Cilleros, por su incidencia en la riqueza y creación de empleo del Municipio, que a su vez sea complemento a su oferta turística, al incentivar, con la presente línea desubvenciones (al igual que ocurre con la línea de subvenciones de acondicionamiento de fachadas del casco antiguo, cuyo efecto conjunto se espera sea aditivo), un mayor atractivo turístico, al pretender la apertura de nuevos locales donde se ejerzan actividades y servicios (comercios, hostelería…), primando en especial los no existentes aún en el Municipio, y a efectos de que los turistas puedan encontrar el mayor número de servicios y actividades comerciales que demanden durante su estancia en Cilleros.

Podrán ser objeto de subvención las siguientes actividades: Las aperturas de locales para nuevas actividades y/o servicios en el Municipio de Cilleros.

Condiciones: Serán condiciones para la concesión de las subvenciones reguladas en esta ordenanza:

Que se abra al público el local donde se ejerza la actividad y/o servicio nuevo, para el que se solicita la actividad, siempre y cuando, se cuente con todos los requisitos legales para la apertura y puesta en funcionamiento del mismo.

No serán objeto de subvención, los meros cambios de titularidad de establecimientos ya existentes.

El/a beneficiario/a ha de mantener en el local, el ejercicio de la actividad subvencionada, un mínimo de 2 años ininterrumpidos (salvo fuerza mayor, apreciada como tal por este Ayuntamiento), a contar desde el día siguiente al de la concesión de la subvención. En caso contrario el/a beneficiario/a procederá al reintegró de los importes percibidos, junto con los intereses legales que correspondan.

……………

Enlace al texto completo:

BOP EXTRACTO AYUDAS EMPRENDIMIENTO

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